domingo, 20 de julio de 2025
Economía/ Creado el: 2020-04-17 01:34

“Dejar de cotizar a los fondos de pensiones genera contratiempos en calidad y eficiencia”

El gerente de retiro e inversiones de Mercer indicó que como en toda crisis económica, los problemas se desatan por el eslabón más débil, la liquidez. Es así como el alivio en el pago de contribución a las pensiones que según las estimaciones alcanza alrededor de 700 millones de dólares mensuales, siempre que se use para salvar puestos de trabajo, por lo cual, percibe como una medida adecuada.

Pablo Medina, gerente de retiro e inversiones de Mercer.

Escrito por: Redacción Diario del Huila | abril 17 de 2020

Diario del Huila dialogó con el gerente de retiro e inversiones de Mercer, Pablo Medina, quien hizo un análisis del Decreto 558 del 15 de abril de 2020, mediante el cual permitirá que, por el lapso de dos meses, los trabajadores, tanto empleados como independientes, puedan pagar como aporte solo el 3% de la cotización que se hace al sistema General de Pensiones.

¿Cuál es la opinión sobre el Decreto 558 que expidió el Gobierno Nacional?

Sin lugar a duda, el dejar de cotizar a los fondos de pensiones y a Colpensiones o el realizar retiros parciales de los primeros (medida equivalente) genera contratiempos en la calidad y eficiencia en la producción de pensiones futuras.

Por otra parte, la viabilidad económica de muchos negocios y en consecuencia el futuro de muchos empleos depende en este momento del flujo caja disponible con el que estos negocios cuenten. Como en toda crisis económica, los problemas se desatan por el eslabón más débil, la liquidez. Es así como el alivio en el pago de contribución a las pensiones (la pensión destinada a ahorro – 12% del Ingreso Base de Cotización – pues el 3% destinado a remuneración de las AFP y Colpensiones y al pago del seguro previsional no se suspende), que según nuestras estimaciones alcanza alrededor de 700 millones de dólares mensuales, siempre que se use para salvar puestos de trabajo, se percibe como una medida adecuada.

Es preferible dejar de cotizar dos meses, si ese es el costo necesario para que se siga cotizando por los siguientes 30 meses, que en el escenario se supone ocurriría si se destruyen esos puestos de trabajo.

No obstante, hay que ser muy cuidadosos en el matiz de esta: Echar mano de los fondos de pensiones ha sido una medida que, en la historia, sobre todo gobiernos de corte populosita han tomado con consecuencias desastrosas. Así las cosas, dichas medidas deben venir siempre precedidas de las razones adecuadas, es decir, situaciones realmente extraordinarias, como la actual crisis, y en cualquier caso deben tener una muy corta duración. Estimamos que los dos meses de suspensión de contribuciones de los que habla el decreto, equivalen entre el 1 y el 2% de ahorros pensionales que se dejan de realizar.

Pablo Medina, gerente de retiro e inversiones de Mercer.

¿En qué puntos hace énfasis la medida?

El decreto tiene dos grandes componentes; un componente de alivio al pago de la cotización actual y un componente de alivio a las pensiones por retiro programado que permite el traslado de los fondos de pensiones a Colpensiones.

Por el lado positivo, obviamente, la inyección de liquidez que se le entrega tanto al empleado como al empleador, lo que tendría un impacto por los dos lados; dos terceras partes al empleador, una tercera parte para el empleado, mientras salve puestos de trabajo.

Respecto al segundo componente, que permite trasladar pensiones de retiro programado a Colpensiones que estén en control de saldos o cerca, consideramos que es una medida que independientemente de la situación, era necesaria tomar bien vía traslado a Colpensiones o vía al incentivo del mercado de ventas vitalicias.

Básicamente lo que dice la Ley del Sistema General de Pensiones antes de la crisis y antes de este decreto, es que todas aquellas pensiones de retiro programado que entren al control de saldos, que significa es que lleguen a un nivel de capital tal, que no va a ser suficiente para poder honrar una pensión de salario mínimo. Desde ese momento hasta la vida del pensionado, pues se hacía a través del mercado de ventas vitalicias; es decir, el fondo de pensiones tenía que buscar con el mercado asegurador reubicar a ese pensionado hacia la aseguradora, trasladando el capital que tenía, ese mercado pues básicamente no existe. Entonces lo que está haciendo el gobierno con este decreto es trasladarlo a Colpensiones.

¿Cuál es el riesgo?

Esos pensionados se convierten en un pasivo para el Estado Colombiano, son personas que por control de saldos venían sino descapitalizada o cerca de estar descapitalizada; esos dineros se trasladan a Colpensiones, y ellos, probablemente, lo van a utilizar para su gasto corriente hoy, y la pensión de esa persona, que sigue existiendo, necesitando y demandando pues va a estar a cargo del presupuesto general de la Nación en un futuro.

¿Cómo enfrentar las pérdidas en la rentabilidad de los ahorros pensionales durante este decreto?

El decreto actual no contempla una medida de “des-atraso” de esas contribuciones que se dejan de hacer durante los meses de abril y mayo, es decir no pospone la contribución, la cancela.

En ese orden de ideas, ese 1-2% que se deja de capitalizar, tendrá que ser reemplazado con un mayor tiempo de cotización. Es decir, estos dos meses que se dejan de cotizar, tendrán que ser reemplazados con dos o más meses adicionales de contribuciones al final (o durante) de la vida laboral de cada trabajador, si se tiene en cuenta que los rendimientos que esas contribuciones que se dejan de hacer hoy también se dejan de percibir.

 Definitivamente la medida tiene un efecto sobre el tamaño de las tasas de reemplazo futuras, sin embargo, creemos que el efecto que el dejar de trabajar de manera formal durante periodos extendidos de tiempo sería mucho mayor sobre la misma tasa de reemplazo futura, y sobre el bienestar financiero presente de esos empleados que de otra manera perderían sus puestos de trabajo.

Reiteramos, sopesar el peor de esos dos males dependerá de la duración de la medida. Los dos meses que contempla el decreto en la actualidad, creemos son prudentes. Casos cercanos como los de Perú donde se contempla el retiro de hasta una cuarta parte de las Cuentas Individuales de Capitalización, pensamos tendrían un efecto en la tasa de reemplazo difícilmente corregible con medidas de mercado.